NOGUEDADES | Febrero 2026

En Nogueira y Álvarez trabajamos para que estés siempre al día de las principales novedades en materia fiscal, laboral, subvenciones y gestión. Nuestro objetivo es ofrecerte información clara y útil para cumplir con tus obligaciones, anticiparte a cambios normativos y evitar sanciones.

DEPARTAMENTO FISCAL

El Congreso de los Diputados ha rechazado la convalidación del Real Decreto-ley 16/2025, QUEDAN SIN EFECTOS las prórrogas de final de año en materia social, laboral, tributaria, energética y de vivienda:

Consecuencias:

  • Desaparece la suspensión de los procedimientos de desahucio, la cual favorecía la inquiokupación.
  • Desaparece la prórroga a 2026 de la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas.
  • Desaparece la ampliación, con efectos desde 1 de enero de 2026, de la deducción por adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible y puntos de recarga.
  • Continúa la obligación de presentar declaración de IRPF para todos los beneficiarios de prestaciones y subsidios por desempleo.
  • Desaparece la prórroga a 2026 de la libertad de amortización para inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables

En este contexto es previsible que se proceda a intentar aprobar con urgencia nuevos decretos-ley específicos para dar cobertura a las medidas derogadas.

DEPARTAMENTO LABORAL

Novedades que pueden aprobarse en 2026:

  • Nuevo SMI.Subida de un 3,1 % si no tributa o un 4,7 % si tributa.
  • Ampliación de permisos retribuidos. 10 días laborales (12, en caso de desplazamiento) los permisos retribuidos por fallecimiento de familiares, y 15 días laborales para acompañar a familiares en cuidados paliativos y un día laboral para acompañamiento en la eutanasia.
  • Estatuto del Becario. Delimitar las actividades formativas frente a las laborales y proscribir el uso de las prácticas como trabajo de bajo coste o sustitutivo de trabajadores.
  • Posible reforma de las indemnizaciones por despido improcedente.

SUBVENCIONES

  • Promoción del empleo autónomo para desempleados
  • Bono autónomo para apoyo de proyectos que superaron los 42 meses
  • Bono para evitar cierre de negocios por falta de relevo generacional
  • Ayuda a la conciliación de los trabajadores autónomos
  • Incentivos a la contratación de desempleados

Las subvenciones cobradas tributan como ingresos y por tanto deberán avisarnos para incluirlas en sus declaraciones. Si es beneficiario de alguna subvención o ayuda, tenga en cuenta que usted está obligado a mantener los requisitos necesarios durante el tiempo exigido ya que, en caso de incumplimiento, deberá retornar el importe de dicha subvención.

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TRANSPARENCIA