NOGUEDADES | Septiembre 2026

DEPARTAMENTO FISCAL

Ley Crea y Crece (Factura electrónica)

La Ley 25/2013 ya establece la obligación de las empresas de hacer la factura electrónica para Ayuntamientos y administraciones públicas. Se establece un periodo de un año desde la publicación de la Orden Ministerial (prevista para octubre de 2026) para que todas las empresas con facturación superior a los ocho millones de euros comiencen a aplicar obligatoriamente la facturación electrónica (previsiblemente, desde el 1 de octubre de 2027). El resto de empresas y autónomos tendrá un año adicional (previsiblemente, desde el 1 de octubre de 2028).

DEPARTAMENTO LABORAL

Independientemente del número de personas trabajadoras, las empresas deberán tener implementadas las siguientes obligaciones:

  1. Registro retributivo
  2. Registro de jornada
  3. Protocolo de desconexión digital
  4. Protocolo de acoso laboral y sexual
  5. Acuerdo de trabajo a distancia
  6. Plan de prevención de riesgos laborales
  7. Calendario laboral
  8. Apertura del centro de trabajo

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE FINCAS

Un vecino deudor puede tener que pagar algo más que las cuotas pendientes si la comunidad aprobó previamente un mecanismo disuasorio frente a la morosidad (por ejemplo, un recargo del 20%). Así lo ha considerado la Audiencia Provincial de Cantabria en una sentencia del 20 de julio.

DEPARTAMENTO INMOBILIARIA

La Nueva Ley de Vivienda (Ley 12/2023) permite a los ayuntamientos aplicar recargos de hasta el 150% en la cuota del IBI (Impuesto sobre bienes inmuebles).

Hasta el 50% de recargo: Se aplica si la vivienda lleva desocupada más de dos años.

Hasta el 100% de recargo: Se aplica si el periodo de desocupación sin causa supera los tres años

Hasta el 150% (tipo agravado): Se añade un incremento adicional del 50% si el titular cuenta con dos o más inmuebles desocupados en el mismo municipio.

 

SUBVENCIONES

Adquisición y Compra de Vivienda

  • Programa general de adquisición: Subvenciones de hasta 12.800 euros para menores de 36 años y de hasta 10.800 euros para mayores de esa edad. La cuantía asciende a 15.000 euros si la vivienda está en un Área Rexurbe. El precio de compra no puede superar los 250.000 euros y el plazo de solicitud está abierto hasta el 15 de octubre de 2026. 
  • Ayudas en municipios pequeños: Convocatoria específica lanzada en agosto de 2026 para la compra o autopromoción de vivienda en ayuntamientos de 10.000 habitantes o menos. 
  • Programa de Avales: Avales de hasta el 20% de la hipoteca para facilitar la primera compra de vivienda a jóvenes (plazo hasta el 30 de octubre de 2026)

 

DEPARTAMENTO DE GESTORIA

Impuesto sobre Sucesiones

Debe presentarse dentro de los 6 meses siguientes al fallecimiento y no respetar este plazo puede implicar recargos, interese de demora y sanciones.

Asignar un valor inferior al real puede originar comprobaciones administrativas, mientras que una sobrevaloración puede incrementar innecesariamente la tributación o dificultar el reparto entre los herederos.

El asesoramiento resulta especialmente recomendable cuando existen varios herederos, inmuebles, empresas familiares, posibles conflictos o dudas sobre la tributación.

HERENCIAS – LEGALIZACION DE FINCAS – SUCESIONES – PACTOS DE MEJORA 

Una buena planificación para una mejor sucesión 

SERVICIO DE RENOVACIÓN DE TARJETAS DE TRANSPORTE Y TARJETAS DE TACÓGRAFO

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TRANSPARENCIA